domingo, 16 de abril de 2017
RIESGO DE LAS PROCESIONES DE SEMANA SANTA EN EL TRABAJADOR
En estos días que hay tantas y tantas procesiones de semana santa, podemos pensar si existe o no riesgo para el trabajador desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales. El esfuerzo que realizan las personas, independientemente de que sea fuera del ámbito laboral, repercute en la persona ya que en muchos casos puede provocar dolores musculares y trastornos musculo esqueléticos.
Como prueba adjunto el enlace de una procesión
Como prueba adjunto el enlace de una procesión
sábado, 15 de abril de 2017
LOS FESTIVOS LABORALES
Los días festivos laborales son retribuidos y no recuperables, salvo que el Convenio Colectivo establezca lo contrario. Se trata de 14 días al año, 12 a nivel nacional y 2 locales de cada municipio.
De las 12 establecidas a nivel nacional, hay algunas que son obligatorias en toda España como por ejemplo el día de la Hispanidad (12 de Octubre) o el día de año nuevo (1 de Enero). Sin embargo, con otros días, las comunidades tienen la opción de "jugar con ellas" y distribuirlas como mejor considere. Por ejemplo cada Comunidad Autónoma escoge el día de su comunidad.
Las 2 festividades locales son establecidas por los ayuntamientos de cada Municipio, así en el municipio de Murcia son el día del Bando de la Huerta y el día de la Romería de la Virgen de la Fuensanta en Septiembre, mientras que en Cartagena municipio por ejemplo, estas festividades locales son el Viernes de Dolores y el día de Carthagineses y Romanos.
El calendario establecido para el 2017 en la Región de Murcia es el siguiente indicado en este link.
CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN
Podrán celebrarse contratos de duración determinada cuando las circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos así lo exigieran, aun tratándose de la actividad normal de la empresa.
El contrato eventual está pensado para situaciones en las que se produce un incremento de actividad imprevisto y temporal en las empresas, en las que la plantilla habitual no es suficiente.
La norma general es que este tipo de contrato podrá tener una duración máxima de 6 meses dentro de un periodo de 12 meses. Deberá realizarse por escrito, aunque puede hacerse de manera oral si su duración no supera las 4 semanas.
Se deben señalar específicamente las causas que justifican la contratación eventual, sin que sea admisible utilizar conceptos genéricos o indeterminados. El contrato debe dejar clara cuál es la circunstancia de mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos que no se pueden atender con la plantilla habitual y que requieren esta contratación.
El hecho de que el empresario no señale claramente en el contrato cuál es la causa de la contratación no significa que ese contrato se convierta en indefinido. Podrá ser un error formal sancionable, pero en caso de controversia le corresponderá a la empresa demostrar que no se trata de una relación laboral que debería ser indefinida.
Al finalizar el contrato, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de 12 días por año trabajado o parte proporcional.
En el siguiente enlace, puede encontrarse el pdf de este contrato de trabajo. http://www.sepe.es/contenidos/empresas/contratos_trabajo/asistente/pdf/temporal/Temporal.pdf
CONTRATO DE OBRA O SERVICIO DETERMINADO
El contrato de obra o servicio se utiliza para la realización de tareas con autonomía y sustantividad propia que no forman parte de la actividad normal de la empresa. Su duración va a ser indefinida, no se sabe cuándo va a terminar, por ello se dice que es también conocido como hasta fin de obra.
Este contrato tiene que realizarse de manera obligatoria por escrito en el modelo oficial del Ministerio de Empleo (pdf) . En el contrato tiene que venir indicada exactamente la obra o el servicio al que va a estar adscrito el trabajador, con suficiente claridad y precisión. No hacer el contrato por escrito o no indicar la obra o el servicio de la forma correcta, implica que el contrato sea considerado indefinido.
BIENVENIDOS
Hola a tod@s y bienvenidos a este blog de FOL y EIE, en el que podrás encontrar información y las últimas novedades con respecto a estos dos módulos.
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